Blog

En las escuelas no se podrán vender productos con algún sello de etiquetado frontal

Blog

Por la implementación de la Ley de “etiquetado frontal” cambiará la comercialización en los Espacios Municipales de Primera Infancia (EMPI) y en el nivel inicial de la educación pública formal.

 

La Ley menciona que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos educativos que conforman el nivel inicial, primario y secundario del Sistema Educativo Nacional.

 

Ahora los kioscos escolares deberán sugerir frutas bien lavadas o desecadas, ensalada de frutas sin agregado de azúcar, frutos secos sin sal agregada o cereales inflados (arroz, maíz, trigo, avena, amaranto, quinua), pochoclo, tutucas, bizcochuelos o budines caseros, sándwiches con pan integral, jamón, queso, tomate y lechuga, pizzetas individuales con el agregado de vegetales, tartas individuales o empanadas caseras, leche en tetrabrik sin cacao ni azúcar agregada y agua mineral o con gas y jugos naturales.

 

Las etiquetas en el frente de los productos brindan información nutricional comprensible de los alimentos envasados y bebidas sin alcohol que permiten que cada consumidor cuenten con información más clara.

 

Son figuras negras y blancas que se ubican en la cara principal de los productos envasados. Estos sellos advierten que el producto presenta niveles excesivos de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, grasas trans y sodio.

 

Cabe destacar que los sellos sólo se encuentran en los alimentos procesados y ultraprocesados, por lo tanto, no se aplica a vegetales y frutas, carnes, arroz, fideos, frutos secas, granos de cereales, harinas y legumbres, leches, yogures naturales y miel, infusiones, aceites, manteca, sal de mesa, azúcar, condimentos y especias.

Compartir por